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El TCP devuelve la gestión educativa a gobernaciones

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Fecha: 
4 Marzo, 2013

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El Tribunal Constitucional Plurinacional (TPC) declaró inconstitucionales algunos puntos de la Ley de la Educación Nº 070 Avelino Siñani - Elizardo Pérez, lo que devuelve la gestión educativa a manos de las gobernaciones del país. Este nuevo revés constitucional al Gobierno privará a las direcciones Departamentales de Educación (exservicios Departamentales de Educación o Seducas), actualmente bajo tuición del Ministerio de Educación, de la administración de los recursos departamentales para el pago de haberes del magisterio fiscal y para sus gastos de funcionamiento.

La acción abstracta de constitucionalidad fue presentada por el gobernador Costas en enero de 2011.

En la sentencia 1714/2012, de octubre del año pasado, el Tribunal Constitucional resolvió “declarar la inconstitucionalidad de la última parte del inciso a) del artículo 78 de la Ley de Educación (...) y de los incisos d) y e) de la disposición transitoria” de la norma.

El artículo 78 dejaba en las direcciones departamentales la administración y gestión de los recursos, además de funciones y competencias. Por su parte, el inciso d) establecía que los recursos de las gobernaciones para el pago de haberes del magisterio debían ser transferidos a las Direcciones de Educación, mientras que el e) obligaba a los gobiernos departamentales a transferir recursos económicos para gastos de funcionamiento de las direcciones  de Educación.

No hay pronunciamiento

En la Gobernación evitaron pronunciarse sobre el tema, debido a que el gobernador Rubén Costas convocará una conferencia de prensa para hoy, con la finalidad de expresar su criterio sobre el tema. 

Sin embargo, fuentes del gobierno departamental señalan que la sentencia constitucional ha sido favorable a la Gobernación, “aunque no en los términos que hubiéramos querido”, porque “devuelve la competencia de la administración de la educación al departamento, que la ley educativa le arrebató” para transferirla al Gobierno central.

Según las fuentes, lo más importante es que se sienta un precedente constitucional sobre las competencias concurrentes de los gobiernos departamentales, ya que el Gobierno se arrogó sin fundamento las competencias sobre la gestión del servicio educativo.

EL DEBER buscó conocer la posición del Gobierno sobre el tema, pero ni en el Ministerio de Educación ni en la dirección departamental contestaron las llamadas telefónicas del medio 

    SOBRE EL TEMA     

 

Desconfían por la demora
Las últimas sentencias constitucionales desfavorables al Gobierno se conocieron varios meses después de que el TCP resolviera los recursos. Es el caso de los fallos contra la Ley Marco de Autonomías, la ley financial 2012 y la Ley Avelino Siñani - Elizardo Pérez, que fueron conocidos con varios meses de retraso.

Prueba de fuego
Según analistas y políticos opositores al MAS, el Tribunal Constitucional Plurinacional confrontará su verdadera prueba de fuego en el caso de la consulta del Senado sobre la constitucionalidad de una tercera relección del presidente  Evo Morales. El organismo debe pronunciarse en un máximo de tres meses.

Nuni también gana recurso contra ley
Otra sentencia del Tribunal Constitucional Plurinacional, la 2056/2012, declara inconstitucional la disposición adicional séptima de la Ley del Presupuesto General de la Nación (ley financial) de 2012, con la que el Gobierno del MAS pretendía limitar el derecho a la consulta de los pueblos indígenas. 

El ex diputado indígena del MAS Pedro Nuni interpuso una acción de inconstitucionalidad abstracta y el tribunal falló a su favor, aunque la sentencia se conoció casi cuatro meses después de resuelta. En la fundamentación de Nuni, el dirigente indígena argumentó que el Gobierno “introdujo regulación ajena” contradiciendo convenios internacionales y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.